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SUBVENCIÓN PARA EL FINANCIAMIENTO DE INVERSIONES QUE REDUZCAN LAS EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO (G.E.I.)

El pasado miércoles 11 de marzo salió publicado en el D.O.G. la orden de 27 de febrero de la Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible por la que se convoca y regula el régimen de concesión de ayudas a las Pymes Gallegas para el financiamiento de inversiones encaminadas a la reducción de gases de efecto invernadero (en adelante GEI).

 

Esta convocatoria de subvención es una buena oportunidad para la mejora de equipamiento como por ejemplo en la adquisición de nuevas cabinas de pintura (en caso de que utilicen algún tipo de combustible fósil para el secado), o de sistemas de extracción de gases.

 

Volvemos a reiterar la importancia que tiene en nuestro sector la protección del medio ambiente debido a la vigilancia a la que está sometida nuestra actividad por las autoridades competentes, y como muestra de la preocupación de los talleres en el cumplimiento de la legislación vigente.

 

            A continuación resumimos los puntos más importantes de la mencionada orden:

 

-Objeto, finalidad y ámbito de aplicación.

 

El objeto es el establecimiento de las bases reguladoras y convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a Pymes Gallegas que hagan inversiones con el fin de conseguir una reducción de los siguientes gases de efecto invernadero: Dióxido de carbono, metano, óxido nitroso, hidrofluorocarbonados, perfluorocarburos y hexafloruro de azufre.

 

-Beneficiarios.

 

Podrán acogerse a estas ayudas las Pymes que emitan GEI que tengan su domicilio social en Galicia, y que con carácter general tenga menos de 250 trabajadores.

 

Además de otros requisitos cabe señalar que las propuestas presentadas no sean de obligado cumplimiento por la legislación vigente.

 

-Actuaciones subvencionables.

 

            Serán susceptibles de subvención las inversiones iniciadas en el año 2009 y realizados a lo largo de los años 2009-2010.

 

Las acciones que se realicen solamente durante el año 2009, incluidas las iniciadas con anterioridad a la publicación de la presente convocatoria, deberán estar finalizadas antes del 1 de octubre de 2009. Para las actuaciones que terminen en el año 2010, el plazo de finalización deberá ser antes del 1 de octubre de 2010.

 

-Cuantía.

 

La ayuda podrá alcanzar hasta un 75 % del coste total del proyecto, y la ayuda máxima por solicitante se limitará a 30.000 euros.

 

Se deberá solicitar un mínimo de tres ofertas a distintos proveedores antes de la contratación o entrega del bien cuando la cuantía supere la cuantía de 30.000 € en el caso de ejecución de obra o de 12.000 € en el caso de suministro de bienes de equipos o prestación de servicios (con una consultora por ejemplo), salvo en la situación de que por las especiales características no haya suficiente número de entidades que los suministren o que el gasto ya se hubiese hecho con anterioridad a la solicitud de la subvención, para la que podrían admitir una única oferta.

 

-Solicitudes y plazos.

     

Las solicitudes deberán ser dirigidas al Conselleiro de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible en un plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación en el D.O.G. (finaliza el 12 de Mayo).

 

-Documentación general a presentar.

 

La documentación necesaria será la siguiente:

 

1.                   Instancia de solicitud (Anexo I)

2.                   Acreditación de la personalidad (copia de escrituras, CIF, etc)

3.                   Certificado de la entidad bancaria donde se indique la cuenta donde realizar el ingreso de la ayuda.

4.                   Declaración del conjunto de ayudas solicitadas o concedidas para un mismo proyecto.

5.                   Proyecto de la actuación a realizar suscrito por técnico competente, donde debe constar:

-                 Memoria Técnica especificando las actividades a realizar así como la reducción de las emisiones de G.E.I. estimadas en toneladas equivalentes de CO² especificándose los factores de emisión, factores de oxidación…, utilizados para el cálculo de la reducción de las emisiones de GEI recogidos en diversas fuentes de las que adjuntamos al presente varios enlaces de Internet donde pueden consultar:

http://www.mma.es/portal/secciones/calidad_contaminacion/atmosfera/emisiones/inventario.htm

 

http://www.idae.es/index.php/mod.publicaciones/mem.listadoDestacadas/relmenu.73

 

http://www.inega.es/inega/2007/web/index.php?dep=5

 

 

-                 Presupuesto detallado de los trabajos a realizar para este proyecto así como por lo menos una factura pro forma de los conceptos presupuestarios.

-                 Calendario de plazos de ejecución

6.                   Declaración de no encontrarse en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 10.2. de la ley 9/2007 de 13 de junio (Anexo II). Esta declaración además se deberá presentar además de en la solicitud, con la justificación.

7.                   Formulario de identificación de la empresa (Anexo III).

 

 

 

 

-Plazo de Justificación.

 

El plazo para la justificación de la inversión subvencionada debe realizarse antes del 15 de octubre del 2009 ó de 2010 según anualidad que corresponda. Además deberá adjuntar una declaración complementaria del conjunto de ayudas solicitadas y concedidas para el mismo proyecto.

 

 

En el contenido de esta orden es de reseñar que estas subvenciones están sujetas al régimen de minimis, por lo que deberán declarar si obtuvieron alguna subvención sujeta a este mismo régimen en los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio en curso (Anexo IV).

 

Por último informar que estas ayudas serán incompatibles con cualquier otra que tenga la misma finalidad, y que respecto al proyecto suscrito por técnico competente, es recomendable contratar a una consultora medioambiental o un perito industrial que lo realice, salvo que el proveedor de la maquinaria les pueda facilitar este proyecto respecto a la maquinaria que les quieran suministrar.

 

Adjuntamos la Orden en formato PDF, que también pueden consultar en el siguiente enlace:

 

http://www.xunta.es/Doc/Dog2009.nsf/FichaContenido/E652?OpenDocument

 

Estamos a su disposición en caso de que tengan cualquier duda al respecto.

escrita el 18-03-2009

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