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NUEVOS PLAZOS DE ITV

Con fecha 16 de mayo se ha publicado la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales para la inspección técnica de vehículos, que amplía la prórroga automática de los certificados de inspección técnica de vehículos hasta los 30 días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma y sus prórrogas (que estableció la Orden SND/325/2020, de 6 de abril), con el objetivo de posibilitar la realización del elevado número de inspecciones técnicas periódicas de vehículos que han quedado pendientes tras la declaración del estado de alarma.

 

Así, los certificados de inspección técnica periódica de los vehículos cuya fecha de próxima inspección estuviera comprendida dentro del periodo de vigencia del estado de alarma, una vez finalice el estado de alarma se amplía en 15 días naturales por cada semana transcurrida desde el inicio del estado de alarma hasta que se hubiera producido el vencimiento del certificado, conforme a lo dispuesto en el siguiente cuadro:

 

Fecha de inspección inicial

Periodo de prórroga (días naturales)

Semana 1: 14 a 20 de marzo.

30 días más 15 días adicionales.

Semana 2: 21 a 27 de marzo.

30 días más 2 periodos de 15 días.

Semana 3: 28 de marzo a 3 de abril.

30 días más 3 periodos de 15 días.

Semana n

30 días más n periodos de 15 días.

 

 

Excepción para los vehículos agrícolas destinados a labores en el campo: los certificados de inspección técnica periódica de estos vehículos agrícolas quedan prorrogados hasta el 10 de noviembre de 2020.

 

Una vez realizadas las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos cuyos certificados hayan sido objeto de prórroga automática, no computará la prórroga de los certificados por el estado de alarma, de manera que la fecha de la próxima inspección contará desde la fecha que constaba en la tarjeta ITV.

 

Cordiales saludos,

escrita el 18-05-2020

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