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ENTRAMOS EN LA FASE 1. PODRÁN ABRIR CONCESIONARIOS, TALLERES E ITV, SEA CUAL FUERE LOS M2. DE SU SUPERFICIE ÚTIL DE EXPOSICIÓN Y VENTA.

La Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, que adjuntamos, establece las restricciones en la Fase 1 y en su anexo aquellas unidades territoriales que pasan a la Fase 1 del Plan de transición hacia una nueva normalidad, que enviamos el pasado día 29 de abril, y que flexibiliza las condiciones de apertura al público de los establecimientos comerciales y la movilidad de las personas.

 

La Orden publicada hoy avanza que en esta FASE 1:

 

* Los concesionarios de automóviles y las estaciones de ITV podrán proceder a su reapertura al público sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta, SIEMPRE CON CITA PREVIA (art. 10.3).

 

* Los talleres con menos de 400 m2 de superficie útil para atención al público, (en nuestro caso, TODOS) podrán proceder a su reapertura al público para atender cualquier operación y no sólo las de emergencia (art. 10.1), y sin necesidad de la cita previa.

 

Se realizará, al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos, y otros elementos de similares características y una de las limpiezas se realizará, obligatoriamente, al finalizar el día.

 

No se utilizarán los aseos por parte de los clientes, salvo en caso de que resultara estrictamente necesario. En este último caso, se procederá de inmediato a la limpieza de sanitarios, grifos y pomos de puerta.

 

 

PRÓRROGA DEL ESTADO DE ALARMA HASTA EL 24.05.2020

 

Hoy sábado, 9 de mayo, se ha publicado también el Real Decreto 514/2020, (que adjuntamos) por el que se prorroga el Estado de Alarma hasta las 0:00 del día 24 de mayo de 2020, y se prevé que el proceso de desescalada se acordará conjuntamente por el Gobierno y las Comunidades Autónomas en lo que respecta a su modificación, ampliación o restricción, con el fin de adaptarlas mejor a la evolución de la emergencia sanitaria en cada Comunidad Autónoma.

 

Insistimos en realizar un llamamiento a la PRUDENCIA y tener en cuenta algunos consejos ante la toma precipitada de decisiones que, bajo nuestro punto de vista, pueden causarle importantes perjuicios si no se actúa al mismo ritmo en que la actividad económica se va recuperando:

 

  1. Si dispone de trabajadores, contacte con su Servicio de Prevención a fin de que le facilite el Plan de Contingencia específico para hacer frente al COVID-19.

     

  2. Tenga en cuenta la Guía de actuación en materia preventiva por causa del COVI-19 que hemos consensuado con los sindicatos para garantizar la seguridad en la salud del personal afecto a la actividad y utilice los carteles informativos que hemos enviado.

     

  3. Asegúrese de disponer de los EPIs necesarios para reemprender la actividad, para su protección y la de sus trabajadores.

     

  4. Si ha tramitado un ERTE, tenga en cuenta que éste sigue vigente, al menos mientras dure el Estado de Alarma. Por lo tanto, aconsejamos antes de adoptar medidas de dar por finalizados los efectos del ERTE, o desafectar a trabajadores, parcial o totalmente, asesorarse y analizar si las circunstancias que dieron lugar a su necesidad han cambiado. Nadie nos asegura que esta vuelta a una relativa normalidad tenga una repercusión directa en nuestro trabajo y en la sostenibilidad económica de nuestras empresas.

 

 

Esperando que resulte de su interés, reciba un cordial saludo.

escrita el 09-05-2020

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