Noticias

ELECCIONES EUROPEAS Y MUNICIPALES 26 DE MAYO DE 2019.

Los trabajadores que acrediten su condición de miembros de mesa electoral o interventores y disfruten de descanso semanal el día 26 de mayo:

 

Tendrán derecho a un permiso retribuido de las 5 primeras horas de la jornada laboral del día inmediatamente posterior.

 

Este permiso, de carácter no recuperable, se retribuirá por la empresa, una vez acreditada la actuación como miembro de la mesa o interventor, con el salario que le correspondería al trabajador si hubiese prestado sus servicios con normalidad.

 

Si el salario a percibir está constituido en parte por una prima o incentivo, la parte indicada se ha de calcular de acuerdo con la media percibida por las personas trabajadoras por el concepto indicado en los seis meses inmediatamente anteriores.

escrita el 21-05-2019

Volver a la lista de noticias

C/ Príncipe 22 5º - 36202 - Vigo - Tlf: 986 224 702 - Fax: 986 224 832 - web@atra.gal - Contacto - Nota Legal