Noticias

INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS DE MERCANCÍAS PELIGROSAS.

Según nos informan desde Supervisión y Control, entidad concesionaria de la Xunta de Galicia encargada de la Inspección Técnica de Vehículos, con motivo de la última modificación del Manual de Inspección de Vehículos, con fecha de entrada en vigor el pasado  1 de Octubre, se ha producido una importante modificación en el mismo, en  relación a la inspección de vehículos que transportan mercancías peligrosas (ADR).

 

Entre otros, los cambios contemplados son los siguientes:

 

INSPECCIÓN ITV DE VEHÍCULOS QUE TRANSPORTAN MERCANCÍAS PELIGROSAS


“El responsable del vehículo antes de la inspección ITV deberá adoptar las medidas necesarias para que el vehículo sea seguro para la realización de los ensayos a los que debe someterse durante la inspección técnica.  La naturaleza de las medidas dependerá de la clase de mercancía que lleve el vehículo. En este sentido es importante tener en cuenta que el personal de la ITV va a tener que situarse debajo del vehículo en determinadas fases de la inspección.


Los vehículos ADR remolcadores no se consideraran de transporte de mercancías peligrosas si se presentan a inspección desenganchados o remolcando un vehículo que no transporta mercancías peligrosas.


A partir del 01/01/2018 será necesario en todos los casos, incluso si el vehículo no transporta mercancías peligrosas durante la inspección, que la persona que presenta el vehículo a inspección entregue a la estación de ITV una declaración sobre las condiciones del mismo, según el modelo que se adjunta.


Como alternativa al documento anterior, aquellas cisternas a las que se haya aplicado un proceso de limpieza o desgasificación, y no hayan efectuado transporte de mercancías peligrosas hasta su presentación en la estación de ITV, presentarán el certificado de limpieza y desgasificación correspondiente para poder acceder a las líneas de inspección.


En caso de que el proceso de inspección requiera que el vehículo/remolque esté cargado, la carga deberá ser no peligrosa (si es posible).


Si, en opinión del responsable del vehículo, la sustancia cargada durante la prueba tiene alguna característica inusual, que requiera que se tomen precauciones especiales, debe informar al responsable del centro ITV en la que se va a realizar la inspección (siempre antes de dicha inspección).


En todo caso, el número ONU y la clasificación de la sustancia cargada, debe estar indicada en él la declaración previa a la aceptación de vehículos que transportan mercancías peligrosas en ITV. Cuando se tengan mercancías peligrosas cargadas en el momento de la prueba, el vehículo tiene que estar acompañado por una persona que tenga licencia ADR aplicable al tipo de mercancía que lleve. La “Carta de porte” y las instrucciones escritas de manejo de esa mercancía también se tienen que encontrar en el vehículo.”

 

Por tanto, a partir del 1 de Enero del próximo año 2018, se exigirá la aportación, en todas las inspecciones de estos vehículos, de una “Declaración sobre las condiciones de vehículos que transportan mercancías peligrosas en ITV”, cuyo modelo adjuntamos.

escrita el 14-12-2017

Volver a la lista de noticias

C/ Príncipe 22 5º - 36202 - Vigo - Tlf: 986 224 702 - Fax: 986 224 832 - web@atra.gal - Contacto - Nota Legal