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IMPUESTO SOBRE GASES FLUORADOS DE EFECTO INVERNADERO 2016.

Les informamos que en el BOE  de hoy, 30 de octubre, se publican los Presupuestos Generales del Estado en los que, finalmente, se ha considerado la prórroga para el ejercicio 2016, de la reducción de los tipos impositivos aplicable en 2015 a los gases fluorados, en base ello a la consideración, según se establece en la exposición de motivos, de que un número considerable de gases fluorados gravados por el Impuesto carece de sustitutivos igual de eficientes y menos nocivos para la atmósfera.

 

Concretamente el artículo 73 dispone:

 

Artículo 73. Régimen transitorio aplicable a los tipos impositivos del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero. Con efectos desde el 1 de enero de 2016 y vigencia indefinida, se modifica el apartado dieciocho del artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras, que queda redactado de la siguiente forma: «Dieciocho. Régimen Transitorio. Para los ejercicios 2014, 2015 y 2016, los tipos impositivos que se aplicarán al Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero serán los resultantes de multiplicar los tipos regulados en el apartado once del artículo 5 por los coeficientes 0,33 para el ejercicio 2014 y 0,66 para los ejercicios 2015 y 2016.»

 

Esto significa en la práctica que no se producirá incremento en la repercusión del citado impuesto a los consumidores.

 

escrita el 30-10-2015

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