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PLAN PIMA AIRE 3.

El BOE núm. 55, de 5 de marzo, publica el  Real Decreto 128/2014, de 28 de febrero, por el que se regula la concesión directa de ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente «PIMA Aire 3» para la adquisición de vehículos comerciales, motocicletas y ciclomotores eléctricos e híbridos y bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico.


La puesta en marcha del PIMA Aire 3, con ayudas directas por un importe de 5,5 millones de euros, da continuidad al Plan de Impulso al Medio Ambiente (PIMA Aire) aprobado en febrero de 2013 y al Plan PIMA Aire 2, puesto en marcha en octubre del año pasado y forma parte de una estrategia global para reducir significativamente las emisiones de contaminantes atmosféricos, así como las de gases de efecto invernadero.  

 

El PIMA Aire 3 profundiza en la estrategia para la reducción de forma significativa de las emisiones de contaminantes atmosféricos en los sectores difusos (transporte, agricultura o sector residencia, entre otros) y contribuye a reforzar las políticas del Gobierno en materia lucha contra el cambio climático.  

 

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

 

Los beneficiarios obtendrán ayudas cuya cuantía, en el caso de los vehículos comerciales, ascenderá a 1.000 euros por vehículo en la categoría M1 o N1 menor de 2.500 kg. En el caso de los de categoría N1 igual o mayor de 2.500 kg, el importe asciende a 2.000 euros por vehículo. En ambos casos, la ayuda estará condicionada a la aplicación en factura, por parte del punto de venta, de un descuento equivalente al importe de la ayuda.


Para la compra de motocicletas eléctricas e híbridas, (categorías L3e, L4e y L5e), la ayuda será de 400 euros más 200 euros que deberá aportar el punto de venta, si se acredita achatarramiento de otro vehículo. Cuando no se dé de baja otro vehículo, la ayuda ascenderá a 350 euros más 150 euros que aportará el punto de venta.

 

Respecto a los ciclomotores eléctricos, la ayuda ascenderá a 250 euros, más 100 euros del punto de venta, y el comprador deberá dar de baja definitiva un vehículo.

 

Cuando no se acredite la baja de otro vehículo, la ayuda sumará 230 euros más 70 euros que aportará el punto de venta. En cuanto a las bicicletas por pedaleo asistido por motor eléctrico, la ayuda será de 200 euros.

 

En el caso de las bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico, esto ha supuesto, respecto al vehiculo sustituido, una reducción del 100% de las emisiones de contaminantes atmosféricos en sectores difusos.

Se debe tener en cuenta un aspecto muy importante del Plan como es el requisito 3º del artículo 3 (página 21140 del BOE), que establece:

 

El adquirente del vehículo susceptible de ayuda deberá ser titular del vehículo a achatarrar desde al menos un año antes de la entrada en vigor del presente Real Decreto.

 

Este plan da continuidad al Plan PIMA Aire y al PIMA Aire 2, que han permitido la renovación de cerca de 20.000 vehículos comerciales y 9.000 turismos por modelos más eficientes, así como la adquisición de alrededor de 700 motocicletas, ciclomotores y bicicletas eléctricas. Ambos planes han supuesto unas ayudas de  38 millones de euros.

 

Adjuntamos copia del  citado Real Decreto.

escrita el 05-03-2014

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