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REAL DECRETO-LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES.

El Consejo de Ministros del pasado viernes día 20  ha aprobado el Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, que adjuntamos.

 

Las principales modificaciones, muy resumidamente, se refieren a los siguientes aspectos:

 

1.- Respecto al contrato a tiempo parcial, se trata de conseguir una mayor flexibilidad para incentivar su utilización.

 

Desaparece el concepto de horas extraordinarias y pasa a configurarse este contrato mediante dos tipos de horas complementarias:

 

  • Ø Horas complementarias exigibles que requieren pacto entre la empresa y el trabajador, aumentando el límite de jornada del 15 al 30 por ciento,pudiendo llegar al 60 por ciento si se contempla en convenio colectivo, y reduciendo el preaviso de 6 a 3 días.

 

  • Ø Horas complementarias voluntarias, al margen del pacto y de carácter voluntario para el trabajador. No requieren preaviso.

 

  • Ø Exigencia de una jornada mínima al trabajador, en cómputo anual, de 10 horas semanales.

 

  • Ø A la empresa se le exigirá un mayor control, obligando a registrar día a día la jornada y las horas complementarias del trabajador.

 

2.- En los contratos de duración determinada  que no superen los 6 meses, se reduce el periodo de prueba a  1 mes como máximo.

 

3.- En relación al contrato de apoyo a los emprendedores, se permite la contratación a jornada parcial,  manteniendo los incentivos fiscales y de bonificaciones en proporción al tiempo de jornada.

 

4.-  Se amplía el límite de reducción de jornada por cuidado de hijos de  8 años hasta los 12 años de edad.

 

Próximamente  estará operativa la anunciada simplificación del proceso de contratación.

 

A través de una aplicación informática que contiene un asistente virtual y mediante un proceso de preguntas en 5 pasos se ayudará,  tanto al empresario que acceda, como al trabajador, a la confección de un impreso con el modelo de contrato.

 

Se pasará así de las actuales 42 modalidades contractuales a únicamente 4 contratos diferentes  (Indefinido, Temporal, Formación y Aprendizaje y Prácticas), con  cláusulas específicas dependiendo del tipo de empresa, trabajador, duración, jornada, etc. Está previsto que esté a disposición de las empresas en la página del Servicio de Empleo Público Estatal, aproximadamente, dentro de dos semanas.

escrita el 26-12-2013

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