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PLAN DE IMPULSO AL MEDIO AMBIENTE (PIMA Aire) PARA ADQUISICIÓN VEHÍCULOS COMERCIALES.

En el BOE número 35, de 9 de febrero de 2013, se publica el Real Decreto 89/2013, de 8 de febrero, por el que se regula la concesión directa de ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente “PIMA Aire” para la adquisición de vehículos comerciales.

 

Los puntos principales a resaltar de este programa son:

 

Objeto.- Adquisición de vehículos nuevo o usado de hasta un año de antigüedad desde la primera matriculación hasta la solicitud de las ayudas de la categoría M1 con carrocería AF Multiuso (Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros y su equipaje o mercancías en un compartimento único), destinados a uso comercial, y de la categoría N1 (Vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías). Ambas categorías conforme a las clases de eficiencia energética A, B, C y D establecidas por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDEA).

 

También serán subvencionables aquellos modelos encuadrados en las categorías señaladas en el punto anterior, alimentados con GLP, Gas Natural y Diesel calificados como EEV (vehículo ecológico mejorado), así como aquellos modelos homologados como eléctricos puros, híbridos enchufables y de autonomía extendida.

 

Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas:

 

a) Las personas físicas que estén cotizando en el régimen de Seguridad Social de autónomos. En el caso de los profesionales autónomos, habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

 

b) Las empresas privadas con personalidad jurídica propia y con su correspondiente Número de Identificación Fiscal. 

 

El plazo de la ayuda finaliza el 31 de diciembre de 2013 ó hasta que se agote el presupuesto (que inicialmente es de 38.000.000 €).

 

 Debe venir acompañada de la baja definitiva de un vehículo para achatarramiento (no deberá haberse producido con anterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto), categoría M1 (matriculado con códigos 30 y 31 según clasificación por criterios de construcción establecido en el Reglamento General de Vehículos) o categoría N1, que haya sido matriculado por primera vez con anterioridad al 1 de enero de 2006 y que deberá estar matriculado en España con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente real decreto. 

 

Las cuantías de las ayudas serán las siguientes:

 

- Vehículo categoría M1 con carrocería AF Multiuso o categoría N1 menor de 2.500 kg: 2.000 euros por vehículo (1.000 del Ministerio de Medio Ambiente y 1.000 de las marcas).

- Vehículo categoría N1 igual o mayor de 2.500 kg: 2.000 euros por vehículo (2.000 del Ministerio de Medio Ambiente y 2.000 de las marcas).

 

Los puntos de venta ya adheridos al Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (PIVE o PIVE2) y sin modificaciones en los datos o documentos aportados para ese Programa, se considerarán automáticamente adheridos al presente Plan PIMA Aire, salvo renuncia expresa, y sin perjuicio de la actualización de los certificados acreditativos de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en el caso de haber expirado la vigencia de los mismos, que deberán remitirse en la forma que se establezca en el plazo máximo de treinta días naturales contados desde la fecha del requerimiento correspondiente.

 

En el caso de nuevas incorporaciones, el procedimiento de adhesión es el siguiente:

 

a) Los puntos de venta de vehículos que deseen participar en el Plan «PIMA Aire» deberán rellenar una solicitud de adhesión prevista al efecto. La solicitud de adhesión se cumplimentará telemáticamente desde el link indicado en la página Web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y se remitirá on-line, junto con la documentación que se requiera.

 

b) Verificados los datos y la documentación aportada por el punto de venta, éste recibirá un código y las claves de acceso para poder operar el sistema de gestión de las ayudas disponible.

 

c) El punto de venta de vehículos, con las claves de acceso que le identifican como adherido al Plan «PIMA Aire», podrá comprobar, en tiempo real a través de la aplicación informática creada al efecto, el volumen de fondos disponible dentro del Plan «PIMA Aire» y efectuar, en su caso, la correspondiente reserva de ayuda y solicitud de ayuda.

 

Las solicitudes de las ayudas para la reserva de créditos podrán presentarse a partir del 27 de febrero de 2013.

 

Adjuntamos texto completo del citado Real Decreto.

descargar PIMA Aire.pdf

escrita el 11-02-2013

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