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SOLICITUD CERTIFICADO INDIVIDUAL DE RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO POR PARTE DE LAS ENTIDADES LOCALES.

Como continuación a la información remitida el pasado día 5 del presente mes, les informamos que el B.O.E. núm. 65, de 16 de marzo, publica la Orden HAP/537/2012, de 9 de marzo, por el que se aprueba el modelo de certificado individual, el modelo para su solicitud y el modelo de plan de ajuste previstos en el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.

 

En esta Orden se adjunta el modelo de certificado individual para solicitar, en el caso de obligaciones pendientes de pago no incluidas en la relación certificada remitida por las entidades locales al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a la entidad local deudora la expedición de dicho certificado donde se reconozca la existencia de la obligación pendiente de pago.

 

Este certificado se expedirá por el interventor en el plazo de 15 días naturales desde la entrada de la solicitud en el registro de la entidad local. Si en este plazo no se ha rechazado la solicitud se entenderá reconocido el derecho de cobro.

 

En los cinco primeros días hábiles de cada mes, el interventor de la entidad local comunicará al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas una relación de las solicitudes de certificados individuales presentados, correspondientes al mes inmediatamente anterior. Las entidades locales permitirán la consulta por parte de los contratistas de su inclusión en dicha relación.

 

Adjuntamos el texto completo de la citada Orden.

escrita el 20-03-2012

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