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BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS PARA PROYECTOS DE ENERGÍA FOTOVOLTAICA PARA EL AÑO 2021-2022.

Nos complacemos en informarles que en el DOG de hoy, 7 de julio de 2021, se publicó la Resolución de la Agencia Instituto Energético de Galicia donde se establecen las bases reguladoras de subvenciones para proyectos de energía fotovoltaica para el año 2021-2022.

 

Finalidad:

 

El objeto de estas bases es apoyar proyectos con fines de ahorro energético y fomento del uso racional de las energías renovables. Los proyectos se limitarán a instalaciones para la generación de electricidad mediante paneles solares fotovoltaicos (procedimiento IN421S).

 

Beneficiarios:

 

Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las presentes subvenciones:

 

  • Las entidades locales de Galicia y entidades de ella dependientes.
  • Las entidades sin ánimo de lucro.
  • Empresas legalmente constituidas y autónomos.

 

Inversiones subvencionables:

 

  • Los paneles solares fotovoltaicos.
  • El acondicionamiento de la energía eléctrica (inversores, convertidores, reguladores, cuadros eléctricos, elementos de interconexión, protecciones, cableado, equipos de medidas y otros equivalentes), monitorización (sensores, adquisición de datos, comunicación remota y otros equivalentes) y sistema de acumulación con baterías.
  • El resto de accesorios de la instalación para el correcto funcionamiento del sistema.
  • El coste de montaje y conexionado.

 

Cuantía de la ayuda:

 

La intensidad máxima de la ayuda, según el tipo de beneficiario, será la siguiente:

 

Beneficiarios

Porcentaje máxima de ayuda

Entidades Locales

80 %

Entidades jurídicas sin ánimo de lucro (que no realicen actividad económica)

80 %

Empresas, sus agrupaciones y asociaciones, así como entidades sin ánimo de lucro que realicen actividad económica. En el caso de pequeñas empresas, la ayuda se incrementará en 10 puntos porcentuales y en caso de medianas empresas en 5 puntos porcentuales

20 %

 

La cuantía máxima de la ayuda por proyecto para empresas y entidades locales será de 40.000 € y de 25.000 € en entidades sin ánimo de lucro.

 

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor del mercado.

 

Forma y Plazo de presentación:

 

Las solicitudes se realizarán directamente por los interesados o por la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho

 

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda se inicia el próximo 16 de julio a las 9:00 horas, y finalizará el 1 de diciembre de 2021.

 

Las solicitudes se presentaran obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal , y en la página web del Inega (código del procedimiento IN421S)

 

Plazo para la ejecución de la instalación:

 

La fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa de las inversiones será el 15 de julio de 2022.

 

Por último advertir que, cuando la inversión, sin IVA, de la actuación que se subvenciona suponga un gasto para el beneficiario igual o superior a 15.000 €, se deben facilitar tres ofertas de distintos proveedores.

 

Adjuntamos la citada Resolución, donde se amplía la información y los requisitos que deben cumplir las solicitudes.

 

escrita el 07-07-2021

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