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AYUDAS DEL INEGA PARA PROYECTOS DE MEJORA ENERGÉTICA.

Nos complacemos en informarles que en el DOG del día de hoy, 13 de abril de 2021, se publicó la RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones para proyectos de mejora energética, dirigido a autónomos y pymes con actividad de comercio, hostelería o artístico-recreativas (programa Bono energía pyme), anualidad 2021 (código de procedimiento IN417Z), de la que destacamos las siguientes novedades:

 

Se trata de una subvención en régimen de concurrencia no competitiva, (resolviéndose por orden de entrada en el registro), que tiene como objetivo regular la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de mejora energética, destinadas a pymes y autónomos.

 

1. Beneficiarios:

 

- Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos que tengan domicilio social o centro de trabajo en Galicia.

 

-  Que la actividad esté incluida entre las siguientes secciones del CNAE 2009: Sección G: comercio al por mayor y al por menor, divisiones de 45 a 47 incluidas, que incluiría a los talleres de reparación.

 

2. Proyecto subvencionable:

a) Bono envolvente: elementos de control solar (toldos o láminas de control solar y/o térmico.

b) Bono iluminación: renovación de equipos de iluminación interior y/o exterior, incluidos rótulos y escaparates, por otros que utilicen tecnología LED y los elementos de control asociados.

c) Bono instalaciones eléctricas: renovación de transformadores, incorporación o renovación de sistemas de alimentación ininterrumpida, entre otros.

d) Bono equipamiento: renovación del equipo consumidor de energía como cafeteras, lavavajillas, lavadoras, entre otros.

e) Bono climatización: equipos que permitan reducir el consumo de energía de las instalaciones de climatización, ventilación y agua caliente sanitaria. Instalaciones fijas con potencia superior a 5 kW.

f) Bono inmótica: sistemas domóticos y/o inmóticos que permitan gestionar la energía y el gasto energético de forma más eficiente.

 

3. Gastos subvencionables:

La realización del proyecto, la dirección de obra, la adquisición e instalación de los equipos, obra civil, soportes y protecciones tanto eléctricas como mecánicas, así como cualquier otro elemento necesario para el correcto diseño y funcionamiento de la instalación reformada.

 

Serán subvencionables los gastos e inversiones realizados entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2021, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

 

4. Cuantía de la ayuda:

-  La cuantía de la subvención será del 80 % del coste elegible de la actuación, y como máximo 6.000 euros por solicitud.

- La inversión mínima para que las actuaciones sean subvencionables debe ser de 1.000 euros por solicitud, sin incluir el IVA.

 

5. Plazo de solicitud:

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 9.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOG y finalizará el 30 de junio de 2021.

 

Puede descargar la Resolución en el siguiente enlace:

 

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2021/20210413/AnuncioG0474-180321-0003_es.html

 

Esperando resulte de su interés, reciba un cordial saludo,

 

escrita el 13-04-2021

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