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PROGRAMA DE RESCATE DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS.

Nos complacemos en informarles que en el DOGA del día de hoy, 18 de noviembre de 2020, se publicó la ORDEN de 17 de noviembre de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de rescate de las personas trabajadoras autónomas afectadas por la crisis de la COVID-19 financiado con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020 y se procede a su convocatoria para el año 2020, que adjuntamos y del que destacamos las siguientes novedades:

 

Este programa tiene como objetivo la concesión de una ayuda económica a las personas trabajadoras autónomas, mediante concurrencia no competitiva (se tramitarán por orden de entrada), para hacer frente a la situación económica motivada por la pandemia de la COVID-19 que contribuya al mantenimiento de la actividad económica y del empleo.

 

- Beneficiarios:

 

1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas por importe de 1.200 euros las personas trabajadoras autónomas de alta en el RETA o en el régimen de trabajadores del mar como trabajadores por cuenta propia, que:

 

- Tengan el domicilio fiscal en Galicia

- Tengan reconocido el cese ordinario o extraordinario de actividad regulado en el Real decreto ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, es decir:

 

  • En aquellos casos en que se vean obligados a suspender su actividad como consecuencia de una resolución adoptada por la autoridad competente para evitar la propagación del COVID-19, es decir que se imponga algún tipo de restricción que impida el desarrollo de la actividad.

 

  • En aquellos casos que no cumplan los requisitos del art. 327 y ss. de la LGSS que regula la prestación ordinaria por cese de actividad.

 

  • Cuando se cumplan los requisitos para solicitar la prestación ordinaria de cese de actividad, en esencia, seguir acreditando una reducción en la facturación de al menos el 75 por ciento en relación con el mismo periodo del año 2019.

 

2. Podrán ser beneficiarias de las ayudas por importe de 2.000 euros las personas trabajadoras autónomas, que además de cumplir el requisito señalado en el párrafo anterior, estén encuadradas en los sectores cuya actividad estuviese especialmente paralizada, tales como la hostelería, ocio nocturno, etc.

 

Las ayudas no son acumulables.

 

- Plazo de presentación:

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta orden en el DOGA, es decir, hasta el 19 de diciembre de 2020, o bien hasta el agotamiento del crédito.

 

- Entrada en vigor

 

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

 

Esperando resulte de su interés, reciba un cordial saludo,

escrita el 18-11-2020

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