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PRESTACIONES POR DESEMPLEO Y ERTES.
Estimado asociado:
A continuación transcribimos escrito que nos ha hecho llegar el Coordinador Territorial del Servicio Público de Empleo Estatal de la Comunidad Autónoma de Galicia sobre las prestaciones por desempleo de las personas que puedan verse afectadas por un ERTE.
Cordiales saludos.
"Estimados/as Señores/as:
Ante la situación de extraordinaria gravedad en la que nos encontramos, consecuencia del Covid-19, me dirijo a ustedes para solicitarles su colaboración y ayuda en la difusión de la siguiente información básica en relación con las prestaciones por desempleo de las personas que puedan verse afectadas por un ERTE:
- El Real Decreto-Ley 8/2020 establece que todas las personas trabajadoras afectadas por las causas establecidas en el mismo tendrán derecho a cobrar prestación por desempleo indistintamente de que hayan cotizado lo suficiente o no.
- Los ERTE se solicitan por las empresas ante la autoridad laboral.
- Los trabajadores afectados por un ERTE tendrán plenas garantías en el cobro de las prestaciones por desempleo.
- Se ruega, por tanto, a todos los trabajadores afectados por un ERTE que no contacten ni telefónica ni telemáticamente para este fin con las oficinas del SEPE, ni soliciten cita previa, ya que la gestión de su prestación se tramitará entre su empresa y el SEPE. (Próximamente daremos más detalles sobre este procedimiento).
Agradeciendo de antemano su colaboración reciban un cordial saludo.
Coordinador Territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia
escrita el 23-03-2020