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LA DGT HA PUBLICADO LA INSTRUCCIÓN 2019/S-149 TV-108, EN REFERENCIA A LOS VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL (VMP).

Debido a la proliferación de este tipo de vehículos, y en espera de que salga una normativa específica, acogiéndose a las diferentes normativas vigentes en materia de circulación y lo establecido en el Reglamento de Vehículos, la Dirección General de Tráfico ha elaborado una instrucción que establece los tipos de vehículos considerados VMP.

Adjuntamos la instrucción que viene a esclarecer dudas relacionadas con los aparatos y/o artefactos que conviven actualmente en nuestras ciudades y poblaciones respecto de su correcto modo de circulación y, si fuese necesaria, su legalización.

Entre otras particularidades recoge:

  • Vehículos ligeros no considerados VMP.
  • Condiciones en las que los VMP están o no sujetos a autorización administrativa.
  • Condiciones para la circulación en vías públicas.
  • Infracciones y sanciones.

escrita el 10-12-2019

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