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IMPUESTO SOBRE GASES FLUORADOS DE EFECTO INVERNADERO 2017.
Confirmamos la información enviada el pasado día 4 del presente mes, ya que la Subdirección General de Impuestos Especiales y Tributos de Comercio Exterior del Ministerio de Hacienda ha confirmado que la adquisición del gas fluorado utilizado en la recarga de los equipos de climatización de los automóviles, ya está gravado con el importe total del impuesto establecido en el apartado once del artículo 5 de la Ley 16/2013, sin los coeficientes reductores aplicados en ejercicios anteriores.
De esta forma, la cantidad que se deberá abonar por el citado gas en concepto de impuesto será de 26 euros/kilo, en lugar de los 17,16 euros de los años 2015 y 2016.
La aplicación de la tasa ha sido gradual. El 33% en 2014, el 66% en 2015 y 2016 y, por último, el 100% en 2017.
Gas |
Impuesto año 2016 |
Impuesto año 2017 |
R134a |
17,16 €/kg |
26,00 €/kg |
escrita el 13-01-2017