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IMPUESTO DE GASES FLUORADOS.

Adjuntamos la presentación que realizó el Subdirector General de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior, D. Pablo Renieblas Dorado, en la reunión celebrada en la CEOE, donde aclaró diversas dudas sobre el nuevo impuesto de gases fluorados, entre ellas la referida a la condición o no de consumidores finales de los manipuladores de cargas superiores a 3 Kgs., quedando a voluntad de los mismos la asunción o no del impuesto (diapositiva 5).  

 

En esta misma diapositiva se recuerda que los talleres y concesionarios tienen siempre la condición de consumidores finales cuando realizan las reparaciones de los sistemas de aire acondicionado.

 

En la diapositiva 13 de esta presentación se recuerda que la cantidad a ingresar por el nuevo impuesto forma parte de la base imponible del IVA.

escrita el 25-02-2014

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