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NORMATIVA AMBIENTAL SOBRE SISTEMAS FRIGORÍFICOS EN CLIMATIZACION DE VEHÍCULOS
Con fecha 9 de julio de 2010 les hemos informado de la publicación del Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan.
Por su interés, adjunto remitimos una NOTA INFORMATIVA emitida por el MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE en relación a las obligaciones derivadas de la formación en materia de gases fluorados (aire acondicionado), que preceptivamente debe ser cumplida por todos los talleres de reparación que desarrollen esta actividad.
La normativa, de forma resumida, exige que una o varias personas dispongan de una certificación que le permita manipular este tipo de gases. Para obtener esa acreditación, será requisito indispensable cursar un número mínimo de 40 horas de formación, 16 de ellas de contenidos prácticos y 24 de materia teórica.
Las Comunidades Autónomas designarán el órgano competente para la expedición, suspensión y retirada de las certificaciones personales.
Por nuestra parte estamos gestionando, a través de la Federación Gallega de Talleres (FEGAT), autorización para la impartición de los cursos a través de nuestro Centro de Formación y emisión de certificaciones, de cuyo resultado les mantendremos informados.
escrita el 15-03-2011