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ESPECIFICACIONES PARA LÁMINAS PLÁSTICAS SOLARES Y PUBLICITARIAS DE INSTALACIÓN EN VEHÍCULOS.

En el BOE número 179 de 24 de julio de 2010 se publica la Orden ITC/1992/2010, de 14 de julio, por la que se determinan las condiciones técnicas que deben cumplir las láminas de material plástico destinadas a ser adheridas a los vidrios de seguridad y materiales para acristalamiento de los vehículos en servicio, en la que se establecen las especificaciones de ensayo, instalación y marcado de las láminas plásticas solares y de las láminas plásticas publicitarias destinadas a ser adheridas en los vidrios de los vehículos a motor y no homologadas conjuntamente con el vidrio soporte.

 

La orden entrará en vigor a los 3 meses de su publicación (24/10/2010), derogando la Orden del Ministerio de Ciencia y Tecnología de 6 de junio de 2001 por la que se determinan las condiciones técnicas que deben cumplir las láminas de material plástico destinadas a ser adheridas a los vidrios de las ventanas laterales traseras y a los vidrios de la luneta trasera de los vehículos de motor en servicio.

 

Las láminas plásticas ensayadas, certificadas y marcadas de conformidad con lo establecido en la Orden del Ministerio de Ciencia y Tecnología de 6 de junio de 2001, seguirán siendo válidas durante 12 meses. A partir de entonces, sólo serán válidas si cumplen con lo establecido para marcado en la presente orden.

 

La orden puede ser consultada en el siguiente enlace Orden ITC/1992/2010.

escrita el 28-07-2010

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