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AYUDAS DIRIGIDAS A IMPULSAR LA APLICACIÓN DE LA CIBERSEGURIDAD.
Nos complacemos en informarles que se ha abierto la convocatoria para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la aplicación de la ciberseguridad en las pequeñas y medianas empresas en el marco del “Programa Activa Ciberseguridad”, con la finalidad de mejorar sus niveles de ciberseguridad.
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.
-Requisitos de las empresas beneficiarias:
a) Tener la condición de PYME.
b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
-Objeto de la ayuda y duración:
El asesoramiento se prestará por consultores especializados, a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias, y contará con entre 10 y 20 horas de asesoramiento individualizado por empresa beneficiaria, que realizará los siguientes servicios:
a) Diagnóstico inicial: recogida de información de la empresa y análisis de la situación actual de la empresa en materia de ciberseguridad.
b) Análisis de cumplimiento/auditoría de ciberseguridad.
c) Propuesta de Implantación de un plan de ciberseguridad en la empresa.
d) Seguimiento de las medidas implantadas y valoración de otras actuaciones que sean necesarias para mejorar la ciberseguridad de la empresa.
e) Visitas necesarias a las instalaciones de la empresa beneficiaria: Mínimo de 2. Los apartados a) y d) se podrán realizar por medios telemáticos.
-Cuantía de la ayuda:
La empresa beneficiaria dispondrá de entre 10 y 20 horas de asesoramiento, en función del nivel de uso de la tecnología digital y del número de trabajadores en plantilla.
Se consideran tres niveles de uso:
a) Bajo: empresas que usan habitualmente para la gestión de su negocio el correo electrónico, teléfono móvil y redes sociales.
b) Medio: empresas que usan habitualmente para la gestión de su negocio el correo electrónico, teléfono móvil, redes sociales, PCs y web de la empresa.
c) Alto: empresas que usan habitualmente para la gestión de su negocio el correo electrónico, teléfono móvil, redes sociales, PCs y web de la empresa, workstations, servidores y firewalls
Nivel de uso de la tecnología/N.º empleados |
Baja |
Media |
Alta |
Menos de 5 trabajadores. |
10 horas |
12 horas |
16 horas |
Entre 5 y 50 empleados. |
12 horas |
14 horas |
18 horas |
Más de 50 empleados. |
14 horas |
16 horas |
20 horas |
-Presentación de solicitudes:
Las solicitudes se dirigirán a la Fundación EOI a través de la página web https://www.eoi.es/es/empresas/pymes/activa-ciberseguridad .
La solicitud se cumplimentará por medios electrónicos, mediante certificado digital válido, y se adjuntará la siguiente documentación:
a) Solicitud con los datos de la empresa solicitante. Se realizará a través del siguiente enlace: https://form.jotform.com/210102356207339
b) Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
c) Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
d) Declaración responsable que incluya:
- Que cumple los requisitos contemplados en la convocatoria y acepta expresamente la recepción del asesoramiento.
- Que no están incursos en las causas de incapacidad para ser beneficiarias de las subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Número de trabajadores de la empresa.
- Nivel de uso de la tecnología digital de la empresa en función de lo indicado en el artículo 2 de la convocatoria
- Si ha sufrido o no algún incidente de ciberseguridad en los últimos tres años naturales.
- Detalle de todas las ayudas de mínimis concedidas a la empresa, o al grupo de empresas al que en su caso pertenezca, durante el ejercicio en curso y los dos anteriores. En ella deberán constar el órgano concedente, la referencia, la fecha de concesión y el importe.
- Que conoce el valor del servicio prestado.
- Porcentaje de trabajadores con discapacidad de la plantilla de la empresa (opcional).
- Porcentaje de mujeres trabajadoras de la plantilla de la empresa (opcional).
-Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo para la presentación de solicitudes será, como máximo, de dos meses desde la publicación del extracto, es decir el 14 de marzo.
Puede descargar el Extracto y la Orden en los siguientes enlaces:
https://www.boe.es/boe/dias/2021/01/15/pdfs/BOE-B-2021-1219.pdf
https://www.boe.es/boe/dias/2020/11/24/pdfs/BOE-A-2020-14813.pdf
Esperando resulte de su interés, reciba un cordial saludo,
escrita el 03-02-2021