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RESPUESTA DE LA DGT EN RELACIÓN A LAS DUDAS SOBRE LAS PLACAS DE MATRÍCULAS REFERENTES AL RD 885/2020.
Adjuntamos las respuestas de la DGT a una serie de dudas que nos surgían sobre las modificaciones relativas a las placas de matrículas referentes al RD 885/2020:
Los talleres que hasta ahora ya estaban homologados para realizar las matrículas de los vehículos, tienen que darse de alta de nuevo o ya les da de alta la DGT?
No es necesario darles de alta, las Jefaturas informarán a los servicios centrales de la DGT de las altas de manipuladores nuevos, que seguirán realizándose en Jefatura hasta que los sistemas estén finalizados y publicados en nuestra sede electrónica.
- Si ya constan en la DGT, en donde tendrían que acceder para comunicar dichas matrículas?
Por el momento deben registrarlas en el libro-registro en formato papel o electrónico, la obligación de informar a DGT las placas confeccionadas entra en vigor el 2 de enero de 2022, los sistemas informáticos estarán finalizados a lo largo de este año. Las placas confeccionadas deberán comunicarlas a los fabricantes de las placas, y los fabricantes a DGT.
- Tienen que seguir los talleres con los libros hasta que todo este tema esté más normalizado?
Si, deben seguir con los libros hasta que los sistemas de DGT estén preparados. El flujo de información será, del manipulador hacia el fabricante y el fabricante a DGT.
- Si desde la Confederación se decidiera hacer una hoja de registro tipo para todos nuestros talleres, ¿qué requisitos serían necesarios?
Si se decide elaborar una hoja registro tipo deberá contener al menos los datos que exige el artículo 5.1 del Real Decreto 885/2020. Actualmente la DGT está trabajando en estos aspectos, por eso nos recomiendan mantener el libro registro hasta que tengan unas especificaciones más detalladas.
Esperando que resulte de su interés, reciba un cordial saludo.
escrita el 29-01-2021