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BONUS PREVENCIÓN 2017.

La asesoría Blázquez & Astorga nos ha pasado la siguiente información sobre  el “BONUS PREVENCIÓN 2017”.

 

Como todos los años, se ha publicado el Real Decreto por el que se regula el sistema de incentivos a las empresas que hayan contribuido a la reducción de la siniestralidad laboral y hayan realizado actuaciones efectivas en la prevención de riesgos laborales, lo que conocemos como BONUS PREVENCIÓN.

 

El próximo 15 de abril se inicia el periodo para poder solicitar estos incentivos.

 

Les recordamos los requisitos para poder ser beneficiarias de este sistema de incentivos:

 

a) Haber cotizado a la Seguridad Social durante el periodo de observación con un volumen total de cuotas por contingencias profesionales superior a 5.000 €, o en otros casos haber alcanzado un volumen de cotización por contingencias profesionales de 250 € en el periodo de observación.

b) Encontrarse en el período de observación por debajo de los límites de siniestralidad establecidos.

c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de cotización a la Seguridad Social a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d)  No haber sido sancionada por resolución firme en vía administrativa en el periodo de observación por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales o de Seguridad Social.

e) Cumplir las obligaciones de prevención de riesgos laborales exigidas.

f)  Haber informado a los delegados de prevención de la solicitud del incentivo.

g) En algunos casos también se exige haber realizado inversiones en materia de prevención de riesgos.

 

La CUANTÍA  del incentivo es del 5% del importe de las cuotas por contingencias profesionales correspondientes al periodo de observación, pudiendo incrementarse en un 5% adicional en determinados supuestos.

 

Se considera como periodo de observación  el número de ejercicios naturales consecutivos e inmediatamente anteriores al de la solicitud, que no hayan formado parte de una solicitud anterior. El periodo máximo de observación será de cuatro ejercicios.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD: desde el 15 de abril al 31 de mayo.

 

La solicitud se presentará ante LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO, razón por la que las empresas interesadas aconsejamos se pongan en contacto con SU MUTUA.

escrita el 06-04-2017

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